Valoramos su accidente gratis!
Para lograr este fin, contamos con abogados especializados en la reclamación de indemnizaciones por accidente, Peritos médicos, así como Clínicas Privadas ajenas a las compañías aseguradoras para que puedas recibir el mejor tratamiento y atención posible. De esta forma en nuestro despacho nos aseguramos de que el lesionado recibe la asistencia médica correcta y no dependa del tratamiento médico que le quiera dar la compañía aseguradora y que tenga aguantar las largas esperar de la Seguridad Social. Dicho tratamiento médico es gratuito para el perjudicado, ya que la compañía aseguradora debe de hacerse cargo del tratamiento.
Las indemnizaciones que reciben las víctimas tras un accidente de tráfico constituyen un derecho garantizado en nuestra legislación. Sin embargo, el miedo al inicio de un procedimiento judicial puede provocar desconfianza al querer reclamar. Por ello, debes saber que puedes y debes reclamar una indemnización si eres el conductor no culpable a la compañía aseguradora del culpable del accidente. Los ocupantes también tienen el derecho de solicitar una indemnización, tanto si viajaban en el vehículo culpable del accidente como si ocupaban el vehículo que causó el accidente. Los responsables de abonar las indemnizaciones son las compañías de seguros del vehículo responsable de causar el accidente.
Recuerda que es imprescindible acudir a un hospital tras el accidente (por lo menos dentro de las 72 horas), aunque en el primer momento las molestias no sean insoportables, podrías haber sufrido lesiones internas.
Los principales conceptos que se tienen en cuanta para fijar la indemnización en caso de accidente de tráfico son los días de curación o lesiones temporales y las secuelas (incapacidad permanente).
Estos días de curación son el tiempo que transcurre desde que una persona sufre un accidente de tráfico, hasta que recibe el alta médica por curación o se le estabilizan las lesiones, es decir, cuando las lesiones no son susceptibles de mejoría. En la práctica judicial, para determinar el tiempo de curación se busca y concreta la fecha de estabilización de las lesiones, es decir, a partir de la cual puede considerarse agotado el tratamiento curativo, sin perjuicio de que pueda seguirse otro de naturaleza paliativa, pero que en definitiva no consigue recuperar las lesiones ya estabilizadas. Nuestra jurisprudencia expresamente ha declarado que “no coincide necesariamente con el de la laboral, pues la curación se produce cuando se reintegra la salud al estado que se encontraba antes de la lesión, o al producirse la estabilización lesional si aquélla no es posible“.
El baremo del 2015 recoge el concepto de día impeditivo. Según el mismo, los días sin estancias hospitalarias tienen un valor distinto según que el día sea impeditivo o no impeditivo.
Según el baremo de accidentes del 2014 y 2015 dichos días deben pagarse según los siguientes importes:
- 71,84 € por día de hospitalización. Tras el accidente por la gravedad de las lesiones, por mera observación y vigilancia de la lesión o por una intervención quirúrgica con posterioridad a raíz del accidente.
- 58,41 € por día impeditivo. Es aquel en el que el lesionado está impedido para realizar sus tareas u ocupaciones habituales. Normalmente suele coincidir con la BAJA LABORAL que sirve como indicio para su justificación. No obstante, no se limita a ella, teniendo derecho a los DÍAS IMPEDITIVOS aquellas personas que no estando trabajado y hayan tenido un tratamiento médico con muletas, escayola, collarín y con reposo absoluto… ya que esos días le incapacitan para ejercer cualquier tarea. Por ello se habla de “ocupación habitual”, como concepto más genérico y extensivo que lo que se conoce, a efectos laborales y de la Seguridad Social, por incapacidad laboral. En la “ocupación habitual” no sólo se incluye el trabajo, sino la efección de la lesión con respecto de las actividades del lesionado en la vida diaria. En el mismo sentido, los partes de baja laboral no tienen por qué coincidir siempre con todos lo días impeditivos que se reconozca en la sanidad forense.
- 31,43 € por día no impeditivo (los restantes).
Las secuelas hacen referencia a aquellas incapacidades permanentes que limitan a la persona funcional y psicológicamente. La indemnización por secuelas en accidentes dependen de la edad de la víctima y de la gravedad de la misma. Por ejemplo 1 punto de secuela varia de 598,10 € (> 65 años) a 852,40 € (< 20 años) pudiéndote corresponder varios puntos por una lesión (hasta 100 puntos de secuela en los casos más graves).
Para accidentes a partir del 1 de enero del 2016 entrará en aplicación el nuevo Baremo con distintas indemnizaciones diarias.
Servicios
Consulta tu accidente sin compromiso
Te informaremos y asesoraremos para que puedas conocer tus derechos tras sufrir un accidente de tráfico o un atropello con lesiones. Si el accidente de tráfico no ha sido culpa tuya y tienes lesiones, SIEMPRE tendrás derecho a cobrar su indemnización. No te deje engañar por tu compañía. Además, las pólizas de seguros suelen contener la llamada “defensa jurídica” con lo cual nuestros honorarios pueden resultarte completamente gratis. Nosotros nos encargaremos de las gestiones necesarias para que sea tu aseguradora la que te reintegre nuestros honorarios.
Obtendrás la máxima indemnización por tu accidente
Al estar este despacho formado por abogados externos e independientes de las compañías aseguradoras, nuestro principal objetivo es que el cliente obtenga la máxima indemnización que legalmente le corresponde, ya sea llevando a término la reclamación por vía amistosa o extrajudicial, o bien por vía judicial si fuera preciso. Nuestra experiencia en este tipo de reclamaciones y la completa satisfacción de nuestros clientes nos avala.
Sólo cobramos cuando cobres tu indemnización
Cobramos cuando te paguen y solamente si lo haces, por este motivo nuestro interés es 100% común al tuyo ya que nuestra máxima es que nuestros clientes cobren lo máximo posible y cuanto antes. Todas las actuaciones se realizarán sin que sea necesario un desembolso de dinero por tu parte. Solo cobramos si tú cobras!
Visitas gratuitas a tu domicilio
Si es preciso cumplimentar cualquier tipo de documentación y con la finalidad de evitarte cualquier molestia, nos desplazaremos a tu domicilio gratuitamente si es necesario o incluso al Hospital si te encuentra hospitalizado. Te mantendremos informado puntualmente durante el tiempo que dure el procedimiento y cualquier novedad te será comunicada de forma inmediata