Qué indemnización puedo reclamar por accidente de autobús en Madrid
Cuando una persona sufre un accidente de tráfico como ocupante o pasajero de un transporte público (por ejemplo en el interior de un autobús de la EMT), debe saber que tiene derecho a reclamar una indemnización a cargo de la compañía del culpable del mismo, ya sea del propio conductor de un autobús o de otro vehículo.
Si el vehículo responsable del accidente se dio a la fuga, podrás reclamar la indemnización a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros. Estas lesiones pueden ser por resultado de un frenazo o acelerón brusco o un accidente propiamente dicho con otro vehículo en cuestión.
Por ello, lo más recomendable es que sepas que PUEDE RECLAMAR UNA RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN POR TUS LESIONES. No lo demores y ponte en contacto con nosotros cuanto antes. La consulta previa a un abogado experto en indemnizaciones en trasporte público es fundamental para la reclamación de la máxima indemnización y para obtener un tratamiento médico correcto a lesiones (latigazo cervical, fracturas, contusiones…)
En Abogados Por tu indemnización somos especialistas en indemnizaciones por accidente en transporte público.
La indemnización que puede recibir dependerá de los daños y perjuicios que el accidente de tráfico ocasione al pasajero. Por ello es fundamental efectuar una correcta valoración de los daños personales sufridos.
¿Cómo se calcula la indemnización por accidente en autobús?
Una vez el perjudicado ha obtenido el ALTA se podrá realizar una valoración de la indemnización, puesto que esta dependerá de los días en que hayas estado bajo tratamiento médico y de las secuelas.
Si sufre un accidente dentro de un autobús, llame a la Policía o Guardia Civil para que levanten atestado. No abandone el autobús sin ningún dato.
Indemnizaciones por secuelas en accidentes de autobús:
Para calcular la indemnización que te corresponde por secuelas en accidentes, el Baremo prevé también una valoración por puntos de las secuelas en función de la edad del lesionado y la gravedad de aquella. Por ejemplo 1 punto de secuela varia de 598,10 € (> 65 años) a 852,40 € (< 20 años). Las secuelas son aquellas incapacidades permanentes que impiden a la persona de manera funcional y psicológicamente y también las estéticas como las cicatrices.
Indemnizaciones por accidente en 2018 y 2019:
Según el Baremo del 2016, 2017, 2019 para accidentes en el interior de un autobús, establece las siguientes indemnizaciones diarias:
- 103 €. cuando el pasajero pierde temporalmente su autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades de la vida ordinaria. Por ejemplo, lo es el ingreso en una unidad de cuidados intensivos.
- 77 € por día de hospitalización.
- 53 € por día impeditivo. Cuando el pasajero pierde temporalmente la posibilidad de llevar a cabo una parte significativa de sus actividades específicas.
- 31 € para el día no impeditivo.
Además de los días y secuelas, también tienes derecho a recibir una indemnización por otros daños y perjuicios que te haya ocasionado el accidente, como pueden ser gastos médicos o de rehabilitación, farmacéuticos u ortopédicos, daños materiales, gastos de transporte o traslados….
Ejemplo de una indemnización por accidente en autobús:
En este caso particular, se trata de un cliente que tuvo lesiones como pasajera de un autobús. Su autobús realizó un frenazo brusco y se golpeó fuertemente. En este supuesto, aplicamos el Baremo de accidentes correspondiente al año en que ocurrió el accidente:
Caso práctico de indemnización:
POR DÍAS EN QUE RECIBIÓ TRATAMIENTO MÉDICO (83 DÍAS):
– 30 días impeditivos a razón de 58,41 €/día = 1.752,3 €.
– 53 días no impeditivos a razón de 31,43 €/día = 1.665,79 €.
POR SECUELAS (42 AÑOS): ya que nuestro cliente no se recuperó de sus lesiones y le quedaron secuelas funcionales o de limitación o dolor de carácter permanente.
– Algias cervical postraumática (1-5 puntos)……2 puntos.
– Agravación de artrosis previa tobillo izquierdo (1-8)………..3 puntos.
788,45 € x 5 Puntos = 3.942,25 €.
SUBTOTAL SECUELAS = 4.336,47 €
IMPORTE DE INDEMNIZACIÓN POR LESIONES = 7.754,56 €.
GASTOS MÉDICOS (REHABILITACIÓN que tuvo que desembolsar) = 630 €.
INDEMNIZACIÓN TOTAL = 8.384,56 €
Aspectos legales a tener en cuenta para reclamar una indemnización:
Es importante aclarar también que cuando hablamos de la reclamación de accidentes en un autobús no nos referimos sólo a colisiones con otro o más vehículos, atropellos… También debemos de hablar de cuando el viajero o pasajero sufre lesiones por frenazos bruscos, acelerones o maniobras imprudentes. La imprudencia del conductor del autobús es la clave para la indemnización conformo al Baremo de accidentes.
Por regla general, el pasajero de un autobús siempre tiene derecho a cobrar una indemnización en caso de accidente. La ley es clara al respecto, puesto que el ocupante de un vehículo generalmente, no tiene ninguna culpa.
La ley determina que:
“El conductor de vehículos a motor (chofer, conductor de un autobús u otro vehículo) es responsable, en virtud del riesgo creado por la conducción de estos, de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación.
En el caso de daños a las personas, de esta responsabilidad SÓLO QUEDARÁ EXONERADO cuando pruebe que los daños fueron debidos ÚNICAMENTE A LA CONDUCTA O LA NEGLIGENCIA DEL PERJUDICADO O A FUERZA MAYOR EXTRAÑA A LA CONDUCCIÓN O AL FUNCIONAMIENTO DEL VEHÍCULO”.
¿Cuándo entonces podré reclamar a la aseguradora?
Conforme dicho precepto, el pasajero u ocupante lesionado siempre podrá reclamar una indemnización. En este sentido, el conductor de un autobús es el garante de la seguridad de los usuarios de ese servicio y debe acomodar su conducta de manera que preserve la integridad de estos.
Por ello, dicho conductor debe extremar su diligencia en evitación de maniobras bruscas por lo que es negligente la conducta del conductor. En este sentido, debe esperar a que todos los pasajeros tomen asiento o se sujeten debidamente.
De esta manera, cuando no exista culpa exclusiva del pasajero, ni fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo y se causen lesiones, nada se le puede reprochar a un pasajero de un vehículo. El conductor del vehículo, el propietario (EMT) o la compañía deben de responderán de tales daños personales según el Baremo de accidente.
Indemnización a cargo del Seguro Obligatorio de Viajero (S.O.V) en caso de accidente:
Además de esta indemnización que acabamos de exponer a continuación por días y secuelas, por sólo adquirir con el título de transporte, ticket o billete, te corresponderá una indemnización a cargo del Seguro Obligatorio de Viajeros (el SOV).
Qué dice nuestra legislación
En efecto de la causación del daño corporal o lesiones se deriva una doble obligación indemnizatoria: una, de carácter subjetivo, apoyada en los arts. 1902 y 1903 del Código Civil en relación con el Baremo; y otra, de naturaleza objetiva y sometida a baremo indemnizatorio (recogido en el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros), bastando con acreditar la causación de unas lesiones en un viajero provisto del correspondiente billete, para tener derecho a indemnización por el SOV. Este seguro se trata de un seguro de accidentes que contrata el viajero al comprar el billete de transporte (ya sea autobús, tren, tranvía…).
Ambos tipos de responsabilidad son autónomas y compatibles entre sí. Según nuestros tribunales,
«(…). El seguro obligatorio de viajeros viene configurado doctrinal y jurisprudencialmente, como un seguro de marcado carácter objetivo, por lo que la obligación indemnizatoria del daño corporal tiene lugar siempre que se produzca un accidente con daños corporales con ocasión de un desplazamiento en un medio de transporte público colectivo de personas, y alcanzará a todos los viajeros o usuarios que tuvieren un título de transporte (…).
El seguro obligatorio de viajeros, cubre el riesgo de que por un siniestro ocurrido con ocasión de un desplazamiento en transporte público se ocasionen al viajero. Esta indemnización alcanzará a todos los viajeros o usuarios que tuvieren un título de transporte.
Por tanto, es un seguro cuyo riesgo es la persona del viajero asegurado. Ello implica que comprende todos aquellos que pueden afectar a su salud, correspondiendo el interés a la persona objeto del riesgo.
El plazo para reclamar una indemnización por accidente en transporte público:
La ley establece un plazo de 1 año desde el accidente para reclamar la indemnización ante los tribunales. No obstante, cuando se trata de lesiones, empezará a contar desde que la persona haya sido dada de alta.