Antes de analizar la indemnización que se puede reclamar en caso de cervicalgia por accidente, debemos de analizar brevemente en qué consiste esta lesión. El latigazo cervical o cervicalgia postraumática (es decir, el dolor de cuello) normalmente está provocada por un movimiento brusco tras recibir un impacto por detrás. Tras una colisión por alcance, el cuello y la cabeza hacen un movimiento en forma de látigo (de ahí viene el nombre «latigazo cervical»). Esta lesión se caracteriza por no ser susceptible de verificación médica complementaria, esto es, por el uso de pruebas médicas como una electromiografía o una resonancia magnética. Se diagnostica mediante la base de la manifestación subjetiva del lesionado, que declara la existencia de dolor. Esto sucede por tanto cuando hay sólo dolor cervical y contracturas musculares o una rectificación de la lordosis cervical. La cervicalgia postraumática por accidente es habitual en hasta un 90% de los accidentes acaecidos en España. No obstante el dolor en el cuello o cervicalgia es un síntoma muy común en toda la población española, no sólo después de un accidente de tráfico sino que tiene muchas veces otros motivos como malas posturas, agresiones, actividades deportivas…..
A partir del 1 de enero de 2016 estas lesiones se indemnizarán como lesiones temporales (por días de curación) y siempre que se aplique el criterio de causalidad establecido, en el que la naturaleza del hecho lesivo produce el daño correspondiente.
Estos criterios de causalidad o requisitos necesarios para que se reconozca una indemnización, según el Baremo de 2016 son los siguientes:
Desafortunadamente, el nuevo Baremo del 2016 también prevé que las SECUELAS que derive de un traumatismo cervical menor se indemnizan sólo si un informe médico concluyente acredita su existencia tras el período de lesión temporal.
De la misma manera, tienes derecho a reclamar una indemnización en caso de latigazo o esguince cervical, tanto si el siniestro que lo ocasiona es un accidente laboral (o “in itinere”, es decir, durante el viaje de ida desde su casa al trabajo o durante la vuelta del trabajo a casa) como si no lo es.
El latigazo o esguince cervical es común en ciudades como Madrid debido a la distracción del conductor o por no respetar la distancia de seguridad (conviene recordar que siempre debemos mantener una distancia de seguridad, respecto al vehículo que nos precede, de un mínimo de 2 segundos en zona urbana y de 3 segundos en carretera o autopista). Los accidentes que causan este tipo de lesiones no requieren que se acuda de inmediato al Hospital porque este tipo de accidentes que lo provocan (“colisiones por alcance”) se producen a velocidades inferiores a 30 km/h. Como curiosidad, la mayoría de los accidentes que causan latigazo cervical tienen lugar en núcleos urbanos y son entre semana (más del 80%). Es fundamental para reducir el impacto lesivo que los reposacabezas estén correctamente regulados y los asientos en una posición correcta.