Atropellos, ¿Qué indemnización me corresponde?

latigazo baja intensidad
Las colisiones de baja intensidad y el latigazo cervical
26/08/2016
Coste de abogados accidentes de tráfico
Abogados accidentes de tráfico Madrid. La llamada defensa jurídica en caso de accidente.
26/08/2016
Mostrar todo

Atropellos, ¿Qué indemnización me corresponde?

Abogados atropellos Madrid

atropello lesiones

¿Has sufrido un atropello como peatón o ciclista?

¿Puedo reclamar una indemnización? Reclame ahora su indemnización si ha sufrido un atropello.

        Los atropellos de peatones implican según las estadísticas de las asociaciones de víctima de accidentes, más de un 25% de los lesionados por accidentes de tráfico. Si has sido víctima de un atropello ya sea como peatón o como ciclista, tienes derecho a reclamar una indemnización económica al responsable del atropello y/o a su compañía aseguradora. Es indiferente si vehículo culpable del atropello se dio a la fuga, porque el Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo de la indemnización. También si el vehículo causante del atropello no tenía seguro en vigor, también asumirá el pago de la indemnización el Consorcio de Compensación de Seguros como entidad pública aseguradora.

En primer lugar, tienes derecho a una indemnización por las lesiones o daños corporales causadas en el atropello. Para calcular las mismas, hay que atenerse a lo que determina el Baremo de accidentes correspondiente al año en que se produce el atropello. Este Baremo fija una INDEMNIZACIÓN DIARIA (días impeditivos, no impeditivos y hospitalarios) y una indemnización por SECUELAS o lesiones permanentes. A estos conceptos hay que añadirle cualquier otro daño y perjuicio que se le haya causado, como lo son los daños materiales: ropa o bicicleta dañada,  gastos de transporte y de desplazamiento para recibir atención médica (facturas de gasolina, metrobus, taxi…), facturas de gastos farmacéuticos, gastos de rehabilitación….

Le calcularemos el importe de tu indemnización, ya que somos abogados especialistas en reclamaciones de indemnizaciones por atropellos a peatones o ciclistas.

 

¿Cuáles son los pasos de tengo que dar tras sufrir un atropello?

Recuerda que es necesario acudir a un hospital tras el atropello, pues aunque no notes molestias al principio, podrías haber tenido lesiones internas. El informe de Urgencias del Hospital, es fundamental para la posterior reclamación de tu indemnización. También siempre recomendamos llamar a la policía inmediatamente (si es posible claro) para que levanten atestado de lo sucedido, y que pidan los datos de contacto de los testigos que hayan presenciado el atropello. Nos hemos encontrado casos en que el conductor responsable a cambiado de versión tras el atropello.

 Además, si como peatón o ciclista tuviste alguna culpa en el atropello (cruzaste en algún lugar no permitido o inesperadamente) lo más probable es que haya una culpa compartida de ambas partes y tengas también derecho a una indemnización por el atropello. Esto es debido a que el conductor debe de tener el vehículo controlado en todo momento, evitando causar daños a terceras personas. De esta manera, aunque el peatón no haya respetado el Reglamente de la circulación, estas no permiten que el conductor se despreocupe y pueda atropellar a un peatón o ciclista impunemente.

 Y si era ciclista y sufro un atropello, ¿puedo reclamar una indemnización?

Indemnización por atropello

Específicamente, debido al aumento de los “carril bici” en las principales ciudades españolas, y la favorecimiento de su uso (por ejemplo, en Madrid y el famoso “Bicimad”) para reducir la contaminación y la descongestión del tráfico, ha aumentado considerablemente el número de ciclistas y lamentablemente el de atropellos de ciclistas. En los últimos cinco años, el crecimiento en el uso de las bicicletas ha sido exponencial ya que según las estadísticas, más de 40% de los españoles son usuarios de bicicletas. Este medio de transporte, juntos a los motoristas, es la parte más indefensa en las carreteras por la propia ligereza del vehículo en cuestión (la bicicleta) ya que ante cual choque, se llevará la peor parte, acabando en la mayoría de los casos cayéndose en la calzada. Además, la mayoría de los ciclistas no cuentan con seguro de responsabilidad civil, con lo cuál, en caso de atropello, los ciclistas se encuentran totalmente desamparados sin saber qué hacer y cómo proceder para reclamar una indemnización.

Debemos de recordar que el Reglamento General de Circulación establece que una bicicleta tiene la misma consideración que un vehículo, por lo que tiene que circular por calzadas y vías ciclables. Con lo cuál para que nuestros abogados especialistas en atropellos puedan reclamar una indemnización a un ciclista debe de respetar la señalización igual que el resto de vehículos. El ciclista atropellado sólo tiene prioridad, respecto de un coche, cuando circula por el carril-bici o un paso señalizado para ciclistas, no teniendo prioridad si cruza un paso de peatones montado en la bicicleta, salvo que se bajara de la misma y cruzara de pie, dejando de convertirse en un vehículo. Para nuestra legislación vial la bicicleta se considera un vehículo (“artefacto o aparato apto para circular por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2, sin distinguir según sean o no de motor”), con lo cual los ciclistas deben de respetarse las misma normal de circulación.

El peatón o ciclista, que ha sufrido un accidente por culpa de un conductor contrario, es decir, es inocente. Por ejemplo, el peatón cruzaba un paso de peatones…o un ciclista circulaba por la calzada y otro vehículo no le vio y le arroyó. En estos casos, el cliente tiene derecho al 100% de la indemnización que le corresponda por sus lesiones y daños materiales así como a la asistencia sanitaria en todo caso.

 La responsabilidad es del peatón o ciclista, es decir, culpa exclusiva de la víctima. Por ejemplo, estaba cruzando por un lugar que no debía y se abalanza el peatón corriendo e imprevistamente sobre el vehículo o en caso de circulación incorrecta del ciclista por la calzada cuando debía hacerlo por el arcén…En este caso, el peatón no tiene derecho a cobrar una indemnización. Muchos estudios manifiestan que “la mayoría de los atropellos son causa del peatón” luego los ciudadanos tienen que aumentar la prevención y concienciación de los peligros que conlleva. El año pasado hubo más de 150 personas fallecidas en España por causa de atropellos. Al peatón le son exigibles un mínimo de medidas de autoprotección, siendo responsable de sus propios actos, y de las mermas que introduce en su propia seguridad.

La llamada culpa compartida o culpa concurrente.

 Existe una culpa compartida, por ejemplo cuando el peatón cruza por un lugar que no debía (por la calzada) pero el vehículo venía a una velocidad imprudente, más allá de la debida. En este caso puede existir una culpa compartida y tener derecho a una parte de la indemnización (del 30 al 70%) resultante del atropello. En esos casos es relevante que exista al menos testigos o un atestado de lo ocurrido para acreditarlo  y así nuestros abogados especialistas en atropellos te pueda defender ante los Tribunales para que puedas obtener una indemnización.

 

Call Now Button